- Actividad personal del trabajador
- Subordinaciòn del trabajador hacia el empleador.
- Salario o retribuciòn del trabajo.
La jornada màxima legal es de 48 horas a la samana, con la excepciòn contemplada en la Ley 50/90. El trabajo diurno està comprendido entre las 6 a.m. y las 10 p.m. y el trabajo nocturno està comprendido entre las 10 p.m. y las 6 a.m.. El salario bàsico es la remuneraciòn ordinaria pactada en el contrato de trabajo, sirve de base para la liquidaciòn de trabajo nocturno, dominical, festivo y extra. Èste no puede ser inferior al salario mìnimo legal vigente.
CONCEPTO DE NOMINA
Es la relaciòn detallada de pagos y de deducciones a los trabajadores; incluye ademàs, para su contabilizaciòn, aportes parafiscales y provisiones para prestaciones sociales. En la primera parte de la nòmina se relaciona lo devengado por el trabajaror, las deducciones y el neto pagado. Y la segunda parte se relacionan las apropiaciones. El total devengado y las apropiaciones consitituyen un gasto para la empresa, por lo cual se debita una cuenta de gastos; como contrapartida, por el neto pagado se acredita la cuentas de bancos, por el valor de las deducciones y los aportes parafiscales se acreditan la cuenta retenciones y aportes de nòmina, y las prestaciones se contabilizan con crèdito a la cuenta para obligaciones laborales.
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